Es fácil confundir la Ley 36/2002 con otras normas de nacionalidad. Para consultar un expediente ya presentado, identifica la vía, el órgano receptor y el número del resguardo.
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Identifica la vía y abre el canal correcto
Reúne el resguardo. Verifica la fecha, la oficina receptora, el nombre completo y el número de expediente.
El código solo funciona en el canal que tramita tu solicitud.
Distingue la norma que aparece en tus papeles
La Ley 36/2002, de 8 de octubre modificó el Código Civil en materia de nacionalidad. No creó una plataforma única de seguimiento.
No la confundas con la Ley 52/2007 ni con la Ley de Memoria Democrática. Cada procedimiento puede tener un registro y un canal distintos.
Elige según dónde entregaste la solicitud
Usa «Cómo va lo mío» solo para expedientes de nacionalidad por residencia del Ministerio de Justicia. Si presentaste la solicitud en un Registro Civil o consulado, consulta a ese órgano.
Un número consular o registral puede aparecer como “no localizado” en el portal ministerial. Esto no significa que el expediente no exista.
Para consultar el estado de tu nacionalidad, usa el canal que recibió la solicitud: Ministerio de Justicia para residencia, Registro Civil para opción presentada en España y consulado para expedientes presentados fuera de España.
Ruta de consulta según tu resguardo
Residencia Ministerio de Justicia «Cómo va lo mío»
Opción en España Registro Civil receptor Consulta registral
Consulado o LMD Consulado receptor Instrucción consular
El código correcto depende de la columna donde encaje tu solicitud.
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Consulta la residencia en la sede del ministerio
Consulta la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia si solicitaste la nacionalidad por residencia.
Introduce el identificador ministerial
Escribe el número de expediente tal como aparece en el justificante. Revisa también Carpeta Ciudadana , Cl@ve y tus avisos electrónicos.
Estos canales pueden mostrar notificaciones. Pero el estado oficial corresponde al órgano tramitador.
Lee el estado antes de presentar escritos
El estado indica una fase del procedimiento. No implica una resolución inmediata.
Puede mantenerse durante meses. Antes de presentar escritos, comprueba si tienes un requerimiento pendiente.
Respeta el plazo que figure en la notificación.
Estado visto Qué significa Qué hacer En tramitación El expediente sigue abierto Revisar avisos y esperar Requerido Piden un documento o aclaración Abrir la notificación y cumplir el plazo Concedido Hay resolución favorable Preparar jura o promesa e inscripción Denegado Existe resolución negativa Leer motivos y valorar recurso
Pide el estado al registro civil o consulado
El Registro Civil o el consulado receptor informa sobre los expedientes presentados por esas vías.
Consulta una opción presentada en España
Contacta con el Registro Civil donde entregaste la solicitud. Incluye el nombre completo, la fecha de nacimiento y el documento de identidad.
Indica también la fecha de presentación y el número de registro. Cada oficina puede usar sistemas de información distintos.
Consulta una solicitud presentada en consulado
Escribe al consulado español que recibió el expediente, incluso si se trata de una solicitud presentada en Cuba u otro país.
Muchos asuntos de Ley de Memoria Democrática siguen una ruta consular. No aparecen en «Cómo va lo mío».
En expedientes presentados fuera de España, comprueba si el consulado tiene InfoExteriores . También puede tener una sede electrónica propia o un sistema de consulta en su web.
No todos los consulados ofrecen el mismo servicio. Tampoco todos permiten ver el estado detallado del expediente.
El canal publicado por la oficina consular puede servir para consultar avisos. También puede permitir aportar documentos o identificar el departamento competente.
Si InfoExteriores no muestra tu solicitud, usa el correo o formulario oficial del consulado. Facilita los datos del resguardo.
No envíes documentos personales por vías no oficiales.
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Evita errores antes de reclamar o jurar
Comprueba siempre la resolución y el canal de notificación. Hazlo antes de reclamar, recurrir o iniciar trámites posteriores.
Corrige un expediente no localizado
Compara el código con el resguardo original, letra por letra. Confirma también el órgano receptor.
Si el formato no corresponde a la plataforma, consulta al Registro Civil o consulado indicado. “No localizado” no equivale a denegación.
Completa la fase posterior a la concesión
Tras una resolución favorable, sigue la instrucción para hacer la jura o promesa de nacionalidad . Después, se realizará la inscripción en el Registro Civil.
Solo después podrás pedir el certificado de nacimiento español. Cuando proceda, podrás pedir el DNI y el pasaporte.
⚠️ No confundas “concedido” con inscripción terminada. Pide la cita o sigue la instrucción que figure en tu resolución.
Lo que más preguntan
¿Cómo puedo ver mi nacionalidad española?
Usa el canal que recibió la solicitud. Ministerio para residencia, Registro Civil para opción en España y consulado para expedientes consulares.
¿Cómo sé si mi expediente está aprobado?
Está aprobado cuando recibes una resolución o notificación oficial de concesión.
¿Sirve «Cómo va lo mío» para la Ley de Memoria Democrática?
Normalmente no sirve si presentaste ante un consulado. Consulta al consulado receptor.
¿Qué hago si no aparece mi expediente?
Revisa el resguardo, el número, la fecha y el órgano receptor antes de reclamar.
¿Puedo consultar mi expediente de nacionalidad?
Sí, normalmente puedes consultar ante el Registro Civil o consulado donde presentaste la opción.
¿Cuánto tarda en actualizarse el estado?
Puede tardar meses o más de un año. Depende de la vía y de la oficina.