Acabas de casarte y debes elegir bien la vía antes de pedir residencia. Puede corresponder el EX-19 o el EX-24.
Elegir un modelo incorrecto puede causar requerimientos, archivo o retrasos en la TIE.
La vía depende de la nacionalidad del familiar principal y del vínculo. También importa si hubo libre circulación real dentro de la Unión Europea.
Cuándo corresponde el EX-19
El EX-19 sirve para pedir la tarjeta comunitaria. Es para familiares de ciudadanos de la UE, EEE o Suiza que viven en España.
El familiar principal puede trabajar, ser autónomo o estudiar con seguro y recursos. También puede tener recursos propios y cobertura sanitaria.
Debes solicitarla dentro de los tres meses desde tu entrada. Guarda billetes, tarjeta de embarque u otra prueba de llegada.
Esto cobra más importancia si entraste desde Schengen sin sello.
Cuándo debe usarse el EX-24
El EX-24 se utiliza para solicitar la residencia de familiares de españoles que viven en España. No debe confundirse con la tarjeta comunitaria del EX-19.
La autorización tiene requisitos propios según el familiar y el vínculo. Revisa la edad y la situación concreta antes de presentar el expediente.
El error más frecuente en este punto es usar el EX-19 solo por estar casado con un español.
El retorno del español desde otro país UE
Un español retornado puede usar el régimen comunitario en algunos casos. Debe probar que vivió de forma real en otro Estado miembro antes de volver.
Ayudan los certificados de residencia, empleo y seguridad social extranjera. También sirven alquileres, estudios o facturas que prueben un hogar real.
Los viajes turísticos repetidos no suelen bastar. Debe existir una residencia efectiva fuera de España.
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Documentos según cónyuge, hijo o ascendiente
El parentesco puede abrir la vía de residencia. Pero algunas personas deben probar también estabilidad, convivencia o dependencia económica.
Las parejas estables necesitan pruebas de una relación real. Los hijos mayores de 21 años y los ascendientes deben acreditar que están a cargo.
Familiar Documento base Prueba adicional frecuente Cónyuge Certificado de matrimonio No separación y, si procede, convivencia Pareja registrada Inscripción de pareja Vigencia del registro Pareja estable no registrada Pruebas de relación Convivencia estable o hijo común Hijo menor de 21 años Nacimiento y pasaporte Custodia, si procede Ascendiente a cargo Nacimiento que pruebe filiación Dependencia previa y continuada
Matrimonio y pareja registrada
El cónyuge aporta el certificado de matrimonio y la identidad de ambos. Si el documento se emitió fuera de España, puede requerir apostilla o legalización.
También puede requerir traducción jurada. La pareja registrada debe probar que su inscripción sigue vigente.
Debe comunicar separaciones, divorcios o cancelaciones. Esos hechos pueden afectar a la residencia.
Pareja estable sin registro
La pareja no registrada necesita pruebas coherentes de vida en común. Puede aportar alquiler, facturas, cuentas compartidas, seguros, hijo común y comunicaciones.
Estas pruebas deben cubrir entre 12 y 24 meses . Un padrón reciente solo prueba una situación puntual y no suele demostrar, por sí solo, una relación estable.
Un caso habitual es aportar solo un padrón reciente y una foto. Ese material suele ser insuficiente para probar convivencia estable.
Hijos, mayores de 21 y padres
El hijo menor de 21 años prueba filiación y edad con nacimiento y pasaporte. El hijo mayor de 21 años debe probar que depende del familiar.
El ascendiente también debe demostrar ayuda necesaria y continuada. Esa ayuda suele ser anterior al traslado a España.
Sirven transferencias periódicas, gastos médicos, pagos de vivienda y bajos ingresos. Piensa en ello como demostrar quién pagaba los gastos básicos antes del viaje.
Para un ascendiente a cargo, reúne envíos de dinero de varios meses. Añade justificantes de ingresos y documentos que expliquen por qué no puede mantenerse solo. La dependencia debe ser real. No debe crearse justo antes de pedir residencia.
Prepara una carpeta con el pasaporte completo y vigente del solicitante. Añade el documento de identidad del familiar principal y la prueba de su residencia en España.
También pueden hacer falta empadronamientos, antecedentes y documentos extranjeros traducidos. Los documentos extranjeros pueden requerir apostilla o legalización.
En EX-19, el ciudadano de la Unión debe probar su situación en España. Puede probar trabajo, actividad propia, estudios, recursos o cobertura sanitaria.
Para hijos mayores y ascendientes, la filiación no sustituye la prueba de dependencia económica . Aporta transferencias previas, extractos bancarios, ingresos bajos y gastos cubiertos por el familiar.
Si pides residencia de familiar de español con EX-24, revisa edad y condición del descendiente. No siempre coinciden con las reglas del régimen comunitario.
Pruebas de recursos, convivencia y seguro médico
Extranjería revisa nombres, fechas, domicilios e ingresos de todos los documentos. Todo debe contar la misma historia.
Un dato que no coincide puede provocar un requerimiento. Un requerimiento es una petición oficial de más documentos o aclaraciones.
Recursos y cobertura sanitaria
Si el ciudadano de la Unión no trabaja, debe probar recursos suficientes. También debe tener seguro médico con cobertura completa en España.
El contrato laboral, las nóminas o el alta de autónomo pueden probar su situación. Una pensión o recursos económicos también pueden servir.
Los estudiantes suelen aportar matrícula, seguro y medios económicos. La cobertura sanitaria debe estar vigente durante la residencia.
Los documentos extranjeros pueden requerir apostilla, legalización o traducción jurada. Revisa nombres, fechas y números de pasaporte antes de registrar la solicitud.
Si recibes un requerimiento, responde dentro del plazo indicado. Ordena los documentos y prueba justo el punto que Extranjería pide.
Sin embargo, un documento sin traducción puede frenar el expediente. Comprueba cada documento antes de enviarlo.
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Presentación online, huellas y recogida de la TIE
La solicitud online y la expedición física de la TIE son fases distintas. Tras una resolución favorable, debes ir a Policía Nacional.
La resolución reconoce tu derecho de residencia. La TIE es la tarjeta física que acredita ese derecho.
Presentar y consultar el expediente
Guarda el justificante de registro, el número de expediente y los archivos enviados. El justificante prueba la fecha en que presentaste la solicitud.
Puedes consultar el estado con NIE o número de expediente. Si aparece “requerido”, debes leer y responder la notificación.
“Resuelto favorable” no significa que la tarjeta física ya esté lista. Aún debes pedir cita para las huellas.
Huellas después de la resolución
Tras la resolución favorable, pide cita para huellas. Lleva pasaporte, resolución, foto reciente, tasa y justificante de cita.
La recogida suele hacerse entre 30 y 45 días después. Conserva el resguardo porque prueba que la TIE está en expedición.
La solicitud no termina al elegir el formulario.
Del expediente a la TIE
1. Solicitud EX-19 o EX-24
2. Resolución Consulta expediente
3. Huellas Cita policial
4. Recogida TIE física
Para EX-19, confirma el canal disponible en tu provincia. Puede ser la Oficina de Extranjería o una sede electrónica habilitada.
El resguardo de registro prueba la fecha de solicitud. Guárdalo hasta terminar todo el proceso.
La tasa habitual de expedición se paga con el modelo 790 código 012. En EX-24 puede haber una tasa de autorización.
Después de la concesión, puede haber otra tasa para expedir la TIE. Revisa el concepto, el importe vigente y el momento de pago.
Consulta el expediente y las notificaciones electrónicas con frecuencia. Un requerimiento sin respuesta puede causar el archivo.
Plazos, permanencia y conservación del derecho
El EX-19 debe presentarse dentro de los tres meses desde la entrada. La tarjeta inicial suele tener vigencia de hasta cinco años.
El plazo cuenta desde tu llegada a España. Por eso conviene guardar pruebas del viaje.
Divorcio, fallecimiento o salida
El divorcio o el fallecimiento no siempre terminan la residencia. Puedes conservarla por duración del matrimonio, custodia, visitas o recursos propios.
Las ausencias largas también pueden afectar al derecho. Guarda pruebas que expliquen sus motivos y revisa los límites aplicables.
La conservación del derecho depende de la vía y de la fecha del hecho. No todos los casos se resuelven igual.
No cambies de vía por urgencia
No presentes una tarjeta inicial si procede residencia permanente. Tampoco presentes una nueva solicitud si ya puedes conservar un derecho existente.
Arraigo familiar, estudios y residencia no lucrativa son procesos distintos. La protección internacional también tiene requisitos y efectos propios.
Esta vía no aplica sin vínculo familiar legalmente reconocido. El familiar principal debe ser español, ciudadano de la UE, EEE o Suiza. Tampoco basta si no reside en España o no cumple las condiciones. En esos casos puede corresponder arraigo, estudios, residencia no lucrativa o protección internacional.
Tras cinco años de residencia legal y continuada, puedes valorar la residencia permanente comunitaria. Debes conservar pruebas de esa continuidad.
Como regla general, ausencias de hasta seis meses al año no rompen la continuidad. También pueden admitirse ausencias mayores por causas relevantes.
Esas causas incluyen estudios, enfermedad grave, embarazo, parto o traslado profesional. Deben respetarse los límites legales.
En régimen comunitario pueden influir varios factores. Uno de ellos es tener tres años de matrimonio o pareja registrada antes del proceso.
Uno de esos tres años debe ser en España. También pueden influir custodia, visitas judiciales o circunstancias especialmente difíciles.
La residencia de familiar de español y la permanente comunitaria no son iguales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir tarjeta comunitaria por matrimonio?
Sí, pero el matrimonio no decide por sí solo el modelo. Si tu cónyuge es ciudadano de la Unión, puede corresponder EX-19.
Si es español residente en España, suele revisarse la vía EX-24.
¿Qué es el NIE unión europea?
El NIE es tu número personal de identidad de extranjero. No es una tarjeta de residencia.
El ciudadano de la Unión pide su certificado de registro. Su familiar no comunitario puede pedir una tarjeta de residencia.
¿Cuándo puedo renovar tarjeta comunitaria online?
Puedes renovar online cuando el canal habilitado admita tu procedimiento. Debes seguir cumpliendo los requisitos.
Tras cinco años, revisa si procede residencia permanente antes de renovar.
¿Tengo tres meses para pedir la tarjeta?
Sí, el plazo de tres meses es relevante para el EX-19. Cuenta desde tu entrada en España.
Guarda pruebas de viaje si entraste desde Schengen sin sello en el pasaporte.
¿La resolución favorable me da la TIE?
No, la resolución concede el derecho de residencia. Debes pedir cita de huellas en Policía Nacional.
Después recogerás la TIE, normalmente entre 30 y 45 días más tarde.
¿Sirve solo el empadronamiento para una pareja?
No suele bastar por sí solo. Aporta alquiler, cuentas, facturas, seguros, hijo común u otras pruebas.
Estas pruebas deben mostrar convivencia y estabilidad. Cobran más valor si el padrón es reciente.
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Elige la vía antes de pedir la cita
Identifica primero al familiar principal y el vínculo. Comprueba también si hubo libre circulación real dentro de la Unión Europea.
Así sabrás si debes presentar EX-19, EX-24 u otra autorización. Podrás reunir las pruebas necesarias antes de registrar el expediente.
Lecturas adicionales
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